Subsidios a pymes, consulta los requisitos y postulación

Es un subsidio mensual para Micro, Pequeñas y Medianas empresas (Mipymes), orientado a apoyarlas en el pago del nuevo sueldo mínimo establecido en la Ley N°21.456.

¿Quién debe solicitar el Bono Pymes 2023?

La empresa es quien debe realizar la solicitud del beneficio. Al ingresar a la plataforma que el SII habilitará, podrá consultar con el rut y automáticamente le informará si puede acceder, de acuerdo a lo que establece la Ley N°21.456, y el monto del subsidio correspondiente.

¿Para quién es el Subsidio al Sueldo Mínimo?

El beneficio es un apoyo para la Mipyme, orientado a apoyarla en el pago de remuneraciones a sus trabajadores, considerando el alza del sueldo mínimo a $400.000, a partir de agosto de 2022 y a $410.000 en Enero 2023.

Requisitos para solicitar el Subsidio Sueldo Mínimo

Empresas que:

  1. Tener inicio de actividad en Primera Categoría, como persona natural o jurídica, incluidas las cooperativas, considerando:
    1. Si el inicio de actividades fue el año 2021, se considerarán los ingresos proporcionales a los meses en que la Mipyme tuvo actividad.
    2. Si el inicio de actividades es entre mayo y julio de 2022, podrán acceder al beneficio a partir de agosto de 2022 o desde el mes posterior al que cuente con tres meses de ventas del giro consecutivos.
    3. Las ventas y servicios del giro, del año 2021, de la Mipyme que solicita el beneficio deben ser superiores a 0,01 UF e iguales o inferiores a 100.000 UF.
    4. En el caso de la persona jurídica sin fines de lucro y comunidades constituidas hasta el 30 de abril de 2022, solo se considerará que tengan inicio de actividad de primera categoría, sin tener que acreditar ingresos por ventas y servicios.

¿Qué empresas no podrán acceder al Bono Pymes?

  • EIRL en que el dueño sea el único trabajador o SpA en que uno los accionistas sea el único trabajador.
  • Las empresas que tengan inicio de actividad después del 30 de abril de 2022 y en la que un socio o accionista sea persona jurídica.
  • Empresas que tengan código de actividad financiera y de seguros.

*Las empresas que inicien actividades después del 1 de agosto de 2022, podrán acceder en el caso que el sueldo mínimo aumente a $410.000 (con un IPC de 7%) entre enero y abril de 2023.

¿Cuál es el monto del subsidio al que puede acceder la Mipyme?

El monto del beneficio se calculará mensualmente considerando:

  1. El monto de subsidio contemplado en la Ley N°21.456:
  • $22.000 (mayo a julio 2022)
  • $26.000 (agosto 2022 a enero de 2023).
  • $32.000 (enero a abril 2023, si el sueldo mínimo llega a $410.000 por IPC)

2. El número de trabajadores de la Mypme que reciben el sueldo mínimo en el mes definido para el cálculo del beneficio. La información es proporcionada por AFC.

3. La variación en el número de trabajadores de la empresa durante el período de entrega del beneficio.

Al ingresar en la plataforma se informará automáticamente si la empresa puede acceder, de acuerdo a lo que establece la Ley N°21.456 y el monto del beneficio para el mes en curso.

¿Cómo se calcula el monto del Subsidio al que se puede acceder?

¿En qué consiste y cómo se calcula el factor de empleo?

Recoge las variaciones en el número de trabajadores contratados por la empresa, para reflejar en el cálculo del subsidio aquellos meses en que aumenten o disminuyan los trabajadores con respecto al número de trabajadores del mes utilizado para el cálculo del beneficio.

  • Todas las empresas que iniciaron sus actividades antes del 30/04/2022
    • El Factor de Empleo tendrá valor fijo de 1 por tres meses
  • Luego del periodo, se calculará mensualmente dividiendo:
    • N° trabajadores totales de la empresa en el último mes informado por AFCN° trabajadores totales en el mes base

Considera que:

  • Para ingresos iguales o inferiores a 25.000 UF: El valor máximo es 2.
  • Para ingresos mayores a 25.000 UF y hasta 100.000 UF: El valor máximo es 1,5

¿Desde cuándo se podrá consultar si soy beneficiario del Subsidio Sueldo Mínimo?

Podrá ingresar a la plataforma disponible en sii.cl a partir del 14 de Junio del 2022, se  informará automáticamente si la empresa puede acceder, de acuerdo a lo establecido en la Ley N°21.456, y el monto del beneficio correspondiente para mayo y junio.

Para los próximos meses, el monto del beneficio se podrá consultar desde el día 11 y hasta el último día de cada mes.

Postula aquí al Subsidio